NORMA Oficial Mexicana NOM-173-SEMARNAT-2023
Autora: Ana Pérez Rubio
Esta Norma Oficial Mexicana (NOM) establece los requisitos para el diseño y construcción de las celdas de confinamiento e infraestructura complementarias, así como las especificaciones y criterios en la operación de confinamientos controlados disposición de residuos peligrosos y cierre del sitio de disposición final.
En cuanto a las especificaciones de construcción, se establecen diversas especificaciones, como lo son las siguientes:
De las celdas de confinamiento:
- En el diseño y la construcción de las celdas se deberán considerar sistemas de conducción de gases y vapores;
- Se deberá efectuar un análisis estructural para determinar los efectos de las cargas en el diseño de los taludes y del fondo de la celda, entre otras.
De los sistemas de captación y extracción de lixiviados:
- Deben integrarse de colector, subcolector, cárcamo y pozos de monitoreo;
- Para los pozos de monitoreo se deberá contar con un sistema mecánico o eléctrico para la extracción de lixiviados, entre otras.
De los sistemas de conducción de gases:
- El sistema debe colectar y conducir los gases o vapores hacia tubos de venteo y utilizar una membrana impermeable para cubrir la celda al final de su vida útil;
- El material de los tubos de venteo puede ser polietileno de alta densidad, polipropileno o cualquier otro polímero que resista la corrosión, entre otras.
De la infraestructura complementaria se establece que deberán incluirse: áreas de acceso y espera, cerca perimetral, caseta de vigilancia, sistema de pesaje, laboratorio de confinamiento, área de limpieza, instalaciones de energía eléctrica, señalamientos, y demás instalaciones conforme a los criterios específicos establecidos en la NOM.
Igualmente se hacen especificaciones de operación generales, en cuanto a entrada y salida de vehículos, personas y especies de fauna; de ingreso; requisitos; de pesaje; de análisis; de tratamiento; y de admisión de residuos directamente a celda de confinamiento.
Por lo que corresponde a la cubierta superior, el cierre de celda y el cierre de confinamiento, se regulan, entre otras, las siguientes especificaciones:
- La cubierta superior de la celda constará de tres capas que deberán estar identificadas en el plano general;
- Una vez cerrada la celda, se debe verificar la presencia de lixiviados; y las condiciones de integridad de las celdas en el confinamiento.
La vigilancia del cumplimiento de la Norma corresponde a la SEMARNAT, por conducto de la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA), en concordancia al procedimiento para la evaluación de la conformidad, establecido en la misma NOM.
Desde B + F sabemos la importancia de acompañar a nuestros clientes y aliados en el cumplimiento de esta y todas las Normas Oficiales Mexicanas (NOMs) que puedan tener un impacto en la sustentabilidad.